Desde el 1 de noviembre, entró en vigencia un incentivo fiscal que posibilita el reembolso de aproximadamente $5.000.000 por la adquisición de una propiedad en Chile.
Esta medida se encuentra contemplada en la Ley 21.631, la cual fue promovida por el Gobierno y establece un beneficio tributario temporal y excepcional dirigido a aquellos que adquieran una vivienda nueva mediante créditos respaldados por hipotecas.
La esencia de este beneficio radica en un crédito tributario que puede alcanzar hasta 16 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) anuales, con una duración de hasta cinco años. Este crédito se deducirá de la declaración de impuestos anual del beneficiario, operando de manera análoga a un reembolso.
«El crédito anual al que tendrá derecho una persona será el monto menor entre los dividendos efectivamente pagados por concepto del crédito con garantía hipotecaria suscrito por un monto equivalente hasta 16 UTM ($1.000.000)», detallaron desde el Ministerio de Hacienda.
¿Quiénes pueden acceder a este beneficio?
El beneficio estará vigente durante los años tributarios comprendidos entre 2024 y 2029 para aquellos que adquieran una vivienda nueva con propósito residencial, siempre y cuando cumplan con los siguientes requisitos:
- La vivienda adquirida debe estar construida y haber obtenido la recepción final conforme a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.
- La adquisición debe ser la primera venta realizada respecto a la vivienda.
- También podrán acceder al beneficio aquellas viviendas que, en la fecha mencionada, no cuenten con la recepción final conforme, siempre y cuando exista un contrato de promesa de compraventa documentado mediante escritura pública o documento protocolizado, firmado con fecha posterior al 16 de octubre de 2023.
Además, es requisito que la compraventa se realice a partir de la fecha de entrada en vigencia de esta ley, y que la vivienda adquirida esté registrada a nombre de la persona beneficiaria en el Conservador de Bienes Raíces respectivo antes del 1 de octubre de 2024.
Es fundamental destacar que este procedimiento es compatible tanto con todos los subsidios otorgados por el Ministerio de Vivienda para la adquisición de viviendas como con el beneficio tributario que reduce el gasto en intereses hipotecarios de la base imponible del Impuesto Global Complementario.
¿Cómo se solicita el beneficio?
El Ministerio de Hacienda comunicó a LUN que la reducción se implementa automáticamente al presentar la declaración de renta anual, ya que las entidades financieras informan la compra al Servicio de Impuestos Internos (SII).
«Si son dos personas las que están comprando una vivienda, en la escritura debe quedar estipulado quién recibe el beneficio tributario», acotaron.